Plan de igualdad · RD 901/2020 y RD 902/2020

Plan de igualdad: cumple la ley con un plan que se pueda aplicar

Te acompañamos en el diagnóstico, la negociación con la plantilla, el registro y el seguimiento. Y si no estás obligado, te ayudamos con el registro retributivo, que sí afecta a todas las empresas.

  • Te decimos si estás obligado y qué te falta
  • Diagnóstico, plan y registro, paso a paso
  • Presupuesto cerrado y sin compromiso
  • Equipo desde 1992
  • Lleida y Madrid
  • Certificados ISO 27001 y ENS

Solicitud de diagnóstico gratuita

Pide tu presupuesto sin compromiso

Te respondemos en menos de 24 h laborables. Sin compromiso.

Paso 1 de 2: tu necesidad
Personas en plantilla

Menos de un minuto, sin compromiso

Paso 2 de 2: tus datos

Tus datos viajan cifrados y no se usan para publicidad

Compruébalo en 1 minuto

¿Tu empresa necesita un plan de igualdad?

Estas son las preguntas que debes hacerte. Si dudas en alguna, lo revisamos contigo.

  • ¿Tu empresa tiene 50 o más personas en plantilla? Entonces el plan es obligatorio (art. 45 LO 3/2007).
  • ¿Tienes un registro retributivo? Es obligatorio para todas las empresas, tengan o no plan.
  • ¿Has constituido la comisión negociadora con la representación de la plantilla?
  • ¿Está tu plan inscrito en el registro y vigente?
  • ¿Tienes un protocolo de acoso sexual y por razón de sexo?
Reunión de equipo para elaborar el diagnóstico de un plan de igualdad en la empresa

Quién está obligado a tener un plan de igualdad

La obligación se aplica por tamaño de plantilla y no depende del sector.

Empresas de 50 o más personas
  • Plan de igualdad obligatorio (art. 45 LO 3/2007 y RD 901/2020).
  • Se cuenta la plantilla total de la empresa, no la de cada centro de trabajo.
  • Debe negociarse con la representación legal de la plantilla.
  • Debe inscribirse en el registro de convenios y acuerdos colectivos (REGCON).
Todas las empresas
  • Registro retributivo obligatorio (RD 902/2020), con datos desglosados por sexo.
  • Protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo. Lo explicamos en nuestro protocolo de acoso laboral.
  • Medidas de igualdad y no discriminación en la gestión del personal.
  • Plan voluntario si no llegas a 50, y puede ser una ventaja competitiva.

Qué incluye un plan de igualdad

Es un conjunto ordenado de medidas, basado en un diagnóstico previo, para lograr la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa.

  • Comisión negociadora

    Se constituye con la representación de la empresa y de la plantilla para negociar el diagnóstico y el plan.

  • Diagnóstico de situación

    Análisis de datos de la plantilla desglosados por sexo, como paso previo al plan.

  • Medidas y objetivos

    Acciones concretas, plazos, responsables y indicadores para cada ámbito de trabajo.

  • Registro retributivo

    Valores medios de salarios y complementos por sexo, grupo y puesto (RD 902/2020).

  • Inscripción en REGCON

    Registro del plan para que sea válido y pueda acreditarse ante la Inspección y ante terceros.

  • Seguimiento y evaluación

    Revisión periódica del plan y adaptación al resultado. La vigencia máxima es de 4 años.

El plan debe abordar como mínimo materias como el acceso al empleo, la clasificación profesional, la promoción y la formación, las retribuciones, la ordenación del tiempo de trabajo y corresponsabilidad, la infrarrepresentación femenina y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Cómo te ayudamos con el plan de igualdad (y de qué depende el coste)

Nos encargamos de la parte técnica y documental. Tú aportas los datos y decides con tu equipo.

De qué depende el coste

  • Tamaño de la plantilla y número de centros de trabajo.
  • Si hay representación legal de la plantilla o hay que promover la comisión negociadora.
  • Calidad y orden de los datos de plantilla y retribuciones.
  • Si necesitas solo el registro retributivo, o plan completo con diagnóstico, negociación e inscripción.
  • Si ya tienes un plan que hay que renovar o adaptar.

Cada caso es un mundo: preguntar no cuesta nada

Cuéntanos cuántas personas sois y qué tenéis hecho. Te enviamos un presupuesto ajustado y cerrado, sin compromiso.

Cómo es el proceso

Los plazos dependen del tamaño de la empresa y de cómo avance la negociación con la comisión.

  1. 1

    Valoramos tu caso

    Comprobamos si estás obligado, cuántas personas cuentan y qué tienes ya hecho.

  2. 2

    Comisión negociadora

    Te guiamos para constituirla con la representación de la plantilla y levantar el acta.

  3. 3

    Diagnóstico y registro retributivo

    Analizamos los datos de plantilla y retribuciones, desglosados por sexo.

  4. 4

    Redactamos el plan

    Medidas, objetivos, plazos, responsables e indicadores, listos para negociar.

  5. 5

    Registro y seguimiento

    Te ayudamos a inscribir el plan y a revisarlo durante su vigencia.

Detrás de cada expediente, un equipo de abogados y técnicos que trabaja desde 1992.

  • 34 añosde trayectoria
  • ISO 27001seguridad certificada
  • ENSEsquema Nacional
  • APEPasociación de privacidad
  • INCIBEcatálogo de ciberseguridad

¿Quieres un plan de igualdad sin complicaciones?

Cuéntanos tu caso y te decimos qué te toca hacer. Sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Las dudas que más nos plantean las empresas antes de empezar.

¿No está tu pregunta? Pregúntanos directamente

¿Desde cuántos trabajadores es obligatorio el plan de igualdad?

Desde 50 personas en plantilla (art. 45 LO 3/2007 y RD 901/2020). Las empresas de menos tamaño pueden tener un plan de forma voluntaria.

¿Qué es el registro retributivo y quién debe tenerlo?

Es el registro de los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales de la plantilla, desglosados por sexo, grupo, categoría o puesto. Es obligatorio para todas las empresas, tengan o no plan de igualdad (RD 902/2020).

¿Qué es la comisión negociadora?

Es el órgano formado por representantes de la empresa y de la plantilla que negocia el diagnóstico y el plan de igualdad. Su constitución es el primer paso formal del procedimiento (RD 901/2020).

¿Dónde se registra el plan de igualdad?

Los planes se inscriben en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (REGCON). Te ayudamos con el trámite y la documentación.

¿Cuánto cuesta un plan de igualdad?

Depende del tamaño de la plantilla, de los centros de trabajo, de si hay representación legal y de lo que ya tengas hecho. Cuéntanos tu caso y te damos un presupuesto cerrado, sin compromiso.

¿Qué pasa si no tengo plan de igualdad estando obligado?

Puedes ser sancionado por la Inspección de Trabajo, y además puede dificultarte el acceso a ayudas y a contratación pública. Lo mejor es empezar cuanto antes: el procedimiento lleva su tiempo.

¿Cuánto dura un plan de igualdad?

La vigencia máxima es de 4 años. Durante ese tiempo se hace seguimiento y evaluación, y después hay que renovarlo.

¿Trabajáis con empresas de toda España?

Sí. Trabajamos en remoto en toda España y de forma presencial desde Lleida y Madrid cuando hace falta.

¿Hablamos del plan de igualdad de tu empresa?

Cuéntanos cuántas personas sois y qué tenéis ya. Te diremos si estáis obligados, qué haría falta y qué presupuesto tendría. Preguntar no cuesta nada.

  1. HoyNos cuentas tu caso en un minuto.
  2. En menos de 24 h laborablesTe llamamos o escribimos, sin compromiso.
  3. DespuésRecibes qué te afecta, qué hacer y en qué orden.

¿Prefieres email? info@kumplir.es

Solicitud de diagnóstico gratuita

Solicita tu diagnóstico gratuito

Te respondemos en menos de 24 h laborables. Preguntar no cuesta nada.

Paso 1 de 2: tu necesidad
Personas en plantilla

Menos de un minuto, sin compromiso

Paso 2 de 2: tus datos

Tus datos viajan cifrados y no se usan para publicidad

Diagnóstico gratis Test 2 min

Antes de irte

¿Sabes qué normativas te afectan de verdad?

8 preguntas, 2 minutos y un informe con lo que te toca cumplir. Gratis y sin llamadas comerciales si no las pides.

Hacer el test gratis